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Abuela paterna exige la guarda de una niña autista agredida por padrastro en Pedro Juan

La abuela paterna de la niña autista de seis años agredida por su padrastro solicitó la guarda provisoria en Pedro Juan Caballero. La mujer relató entre lágrimas que la madre llevó a la menor bajo engaños desde Ponta Porã y la expuso al maltrato.
Abuela paterna exige la guarda de una niña autista agredida por padrastro en Pedro Juan

La audiencia para la entrega de la guarda provisoria se fijó para este martes (21), a las 08:00 horas, en el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de Pedro Juan Caballero, a cargo del juez Edison Escobar.

La abuela paterna expuso su desgarrador testimonio sobre el calvario que vivió. La mujer relató que el pasado 9 de enero la madre biológica fue a su casa en Ponta Porã para pedir prestada a la pequeña por ocho días.

Sin embargo, la madre mantuvo a la niña con autismo en territorio paraguayo durante siete meses de manera irregular. En ese tiempo, la menor dejó de recibir sus tratamientos médicos indispensables y tampoco acudía a la escuela, por lo que la familia paterna presentó la denuncia en el consulado.

"La niña no estudia. Yo ya no sé qué hacer. Tanto que evité para que no aconteciera, me la llevó para ese monstruo", expresó desconsolada la abuela paterna al referirse al padrastro de 23 años detenido por las golpizas. "Yo no aguanto más con tanto dolor, ella es autista", agregó.

La pequeña estuvo internada en el Hospital Regional tras sufrir hematomas en el tórax, brazos y la región glútea a causa de las brutales agresiones sufridas. Tras recibir el alta, la menor llegó al juzgado acompañada por su madre biológica y un abogado para presentarse a la convocatoria legal, como también su padre en compañia de su representante legal.

Con esta comparecencia, la familia paterna busca recuperar formalmente a la niña para trasladarla nuevamente a Ponta Porã. El objetivo principal de los allegados es brindarle la protección adecuada y retomar de inmediato sus tratamientos médicos.

Los nombres de la menor afectada, de su madre, de su padrastro, de su padre y demás familiares, se omiten en cumplimiento del artículo 29 del código de la Niñez y Adolescencia, que prohibe la difusión de datos que posibiliten identificar a menores en situación de hechos punibles, ya sea en condición de víctimas o victimarios.

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